En un hito sin precedentes para los derechos civiles en Argentina, el país ha dado un paso significativo hacia la igualdad y la autonomía personal: a partir de ahora, los niños podrán elegir el orden de sus apellidos al momento de ser inscriptos. Este cambio histórico en el sistema de registro civil tiene profundas implicancias sociales, legales y culturales, y marca un antes y un después en cómo se entiende la identidad familiar en el país sudamericano.
Argentina venía debatiendo desde hace años la rigidez del sistema tradicional que imponía el apellido paterno por delante del materno, sin posibilidad de elección. Ahora, con esta decisión legal, se rompe con una herencia patriarcal que había permeado durante generaciones. El nuevo criterio ubica al país entre los más progresistas de la región en términos de derecho familiar y brinda a padres, madres y próximamente a los propios niños, la chance de definir de manera conjunta cuál será el orden de los apellidos con que inscribirán su identidad.
Qué cambió este año respecto al orden de los apellidos
| Aspecto | Antes | Ahora |
|---|---|---|
| Orden de los apellidos | Obligatoriamente primero el paterno | Libre elección del orden: paterno o materno |
| Registro de recién nacidos | El apellido del padre tenía prioridad automática | Padres deben consensuar orden de apellidos |
| Posibilidad de cambio en inscripción | No permitido salvo excepciones judiciales | Permitido siempre que haya acuerdo de ambas partes |
| Fundamentación legal | Costumbre aceptada, sin base legislativa actualizada | Fallo judicial con valor de jurisprudencia |
El fallo judicial de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil surgió a partir de una demanda de una madre que deseaba que su hijo llevara primero su apellido. Antes de esta resolución, no existía una norma legal concreta que prohibiera colocar primero el apellido materno, pero la práctica era automática y normalizada por las autoridades del Registro Civil. Ahora, el nuevo criterio obliga a los registros a validar la elección del orden de los apellidos cuando ambos progenitores estén de acuerdo.
Quiénes son los beneficiarios y por qué es relevante
Esta decisión beneficia directamente a todas las familias con hijos recién nacidos, al darles poder de decisión sobre la identidad legal de sus hijos. En un sentido más amplio, se trata de una victoria del feminismo y los derechos civiles, que vienen luchando desde hace décadas por una representación equitativa dentro de las estructuras familiares oficiales. También impacta positivamente en las parejas igualitarias, donde muchas veces el apellido materno se consideraba más significativo o simbólico.
El caso que dio origen al fallo se centró en una madre que deseaba que su hijo portara primero su apellido, honrando su rol y vínculo con el niño. La justicia le dio la razón, argumentando que el orden de los apellidos no está normado legalmente y por tanto no puede ser impuesto arbitrariamente por el Estado. A partir de aquí, el precedente sienta una base sólida para que ninguna autoridad pueda rechazar una solicitud por orden distinto, siempre que no se afecte el bienestar del niño.
Cómo se aplica el nuevo criterio para registrar apellidos
Si bien todavía se aguarda una normativa nacional que lo regule en forma unificada, ya se han dado instrucciones a los Registros Civiles para que reconozcan este derecho. Así, en todo el país, cuando nazca un niño o niña, los padres podrán elegir de común acuerdo el orden de los apellidos al inscribirlo. En caso de desacuerdo, el Registro Civil podría automáticamente aplicar orden alfabético u ordenar una intervención judicial.
Paso a paso para registrar a un hijo con orden libre de apellidos
- Ambos padres deben asistir al Registro Civil con DNI y partida de nacimiento del recién nacido.
- Comunicar explícitamente el orden deseado de los apellidos al momento de inscripción.
- Firmar la conformidad mutua del orden elegido (paterno-materno o materno-paterno).
- En caso de desacuerdo, consultar al delegado del Registro para las opciones legales disponibles.
- Confirmar acta de nacimiento y recibir libreta con los apellidos en el orden solicitado.
Los argumentos de la justicia para avalar esta medida
Los jueces señalaron que la imposición del apellido paterno por defecto vulnera el principio de igualdad entre los géneros y contradice los compromisos internacionales de derechos humanos asumidos por Argentina. De hecho, el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas ya había recomendado al país revisar sus prácticas respecto al registro civil y garantizar que ambos progenitores tuvieran igualdad en la inscripción de apellidos.
Este es un fallo que va más allá de una persona: garantiza derechos y derriba una lógica patriarcal inconsciente que se mantenía por costumbre.
— Mariana Hernández, Abogada especialista en derechos de familia
Además, el fallo promueve el concepto de que la configuración del nombre legal de un niño forma parte esencial de su identidad, y en ese sentido debe ser libre, diversa y respetuosa del contexto familiar en que se cría. “No hay razón lógica ni jurídica que imponga el apellido del padre por sobre el de la madre”, reza el texto de la resolución.
Ganadores y perdedores de esta nueva normativa
| Ganadores | Perdedores |
|---|---|
| Familias con libertad de decidir el orden del apellido | Modelo tradicional patriarcal |
| Mujeres que quieren visibilizar su legado en la identidad de sus hijos | Burocracia estatal que imponía reglas tácitas |
| Niños con nombres más representativos de sus vínculos afectivos | Estereotipos sociales sobre la “autoridad parental” |
| Parejas del mismo sexo sin normas rígidas | Prácticas registrales obsoletas y uniformes |
Impacto social y futuro de la legislación
La resolución judicial tiene un efecto inmediato, pero también siembra el terreno para una futura legislación nacional que regule explícitamente el derecho a elegir el orden de los apellidos. Parlamentarios de distintas fuerzas ya han manifestado su interés en presentar proyectos que aseguren este derecho más allá de una interpretación judicial, otorgando seguridad jurídica permanente y acceso equitativo en todos los distritos.
Regular el orden de los apellidos por ley será el próximo paso para consolidar esta conquista de derechos.
— Esteban Marcos, Diputado nacional
Mientras tanto, las organizaciones civiles y feministas celebran esta decisión como una victoria histórica que puede replicarse en otros países de América Latina y el mundo. Abre las puertas al debate sobre qué significa realmente la identidad legal de un niño, y cómo el Estado puede protegerla sin imponer estructuras que ya no representan a la sociedad contemporánea.
Preguntas frecuentes sobre el orden de apellidos en Argentina
¿Puedo inscribir a mi hijo solo con mi apellido primero?
Sí, si ambos progenitores están de acuerdo, podrán elegir libremente el orden de los apellidos, incluyendo poner primero el apellido materno.
¿Este cambio es aplicable en todo el país?
El fallo tiene efecto nacional y los Registros Civiles están obligados a respetarlo, aunque se espera una regulación formal en todo el país pronto.
¿Qué pasa si los padres no se ponen de acuerdo?
En caso de desacuerdo, el Registro podría aplicar un criterio secundario (alfabético o sorteo), o derivar a la justicia para resolver.
¿Puedo cambiar el orden de mis apellidos si ya fui inscripto?
Actualmente se debe presentar una demanda judicial con motivos fundados para modificar el orden de apellidos ya registrados.
¿Esto aplica también a parejas del mismo sexo?
Sí, todas las configuraciones familiares podrán elegir libremente el orden de los apellidos del recién nacido.
¿Elijan el orden que elijan, podrán cambiarlo más adelante?
No, una vez asentado el nombre completo del niño, solo se puede modificar judicialmente y bajo causas especiales.