La Agencia Tributaria ha introducido un cambio significativo en sus procesos de notificación que promete impactar tanto a los contribuyentes individuales como a las empresas. A partir de ahora, Hacienda podrá enviar notificaciones electrónicas **en cualquier día del año**, incluidos fines de semana y festivos. Este ajuste, aunque puede parecer menor, supone una transformación importante en los hábitos administrativos de millones de ciudadanos y profesionales en España.
Hasta ahora, muchos contribuyentes albergaban la tranquilidad de no recibir notificaciones durante días no laborables, especialmente si se acogían a los denominados “días de cortesía”. Sin embargo, con la digitalización y automatización total del sistema, esta ventana de descanso administrativo se ha visto reducida de forma considerable. Con estas modificaciones, Hacienda busca **agilizar los procesos** y evitar retrasos que, acumulados, afectan negativamente a la gestión tributaria.
Resumen de cambios en notificaciones electrónicas de Hacienda
| Aspecto | Antes | Ahora |
|---|---|---|
| Días de envío de notificaciones | Días hábiles (lunes a viernes, no festivos) | Todos los días del año, incluidos fines de semana y festivos |
| Reposición de días de cortesía | Solicitable hasta 30 días al año | Aún disponible, pero con menos impacto |
| Forma de recepción | Correo ordinario o notificación en Sede Electrónica | Preferencia por notificación electrónica generalizada |
| Plazo de respuesta | Contado a partir del siguiente día hábil | Contador inicia tras el acceso o pasados 10 días desde envío |
Qué cambió este año y por qué es importante
El cambio central que la Agencia Tributaria ha introducido gira en torno a la **supresión del principio de días hábiles** para el envío de sus notificaciones digitales. A partir de ahora, cualquier contribuyente que esté registrado en el sistema de notificaciones electrónicas podrá recibir comunicaciones oficiales **en cualquier día del calendario**, incluyendo sábados, domingos y festivos locales o nacionales.
Este giro estratégico apunta a reforzar la eficiencia del sistema tributario e intenta reducir los plazos administrativos, permitiendo que los procesos de revisión, respuesta y resolución se aceleren considerablemente. Con la incorporación de la inteligencia artificial a los sistemas fiscales y administrativos, el funcionamiento ininterrumpido se ha convertido en una realidad operativa para Hacienda.
No obstante, este cambio ha generado reacciones encontradas, especialmente entre autónomos y asesores fiscales que ya venían reclamando una mayor flexibilidad al sistema. La imposibilidad de garantizar el descanso administrativo durante los fines de semana y festivos puede traducirse en estrés adicional, fallos de cumplimiento y posibles sanciones económicas por no responder a tiempo.
Aunque la notificación se emita en sábado o domingo, el plazo legal de respuesta sigue contando desde que se accede o pasados 10 días. Sin embargo, muchos ignoran que una notificación ha sido emitida en esos días.
— Mónica Ferrer, Asesora fiscal
Cómo funciona el nuevo sistema de notificaciones
Las notificaciones de Hacienda se realizan a través de la llamada **Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú)**, una plataforma digital en la que todas las entidades públicas pueden emitir comunicaciones electrónicas oficiales. Una vez que una notificación está disponible en dicha plataforma, el destinatario tiene **un plazo de 10 días naturales** para acceder a ella. Si no lo hace, se considera automáticamente notificado al décimo día.
Este diseño busca evitar posibles argucias legales por parte de contribuyentes que alegaban no haber leído la notificación a tiempo. Bajo el nuevo marco, incluso si la comunicación se produce en un día no laborable (por ejemplo, un domingo por la noche), el plazo cuenta desde que el contribuyente accede al documento o desde la expiración de esos diez días naturales.
En la práctica, esto significa que **los asesores fiscales y empresas deberán configurar alertas automáticas todos los días de la semana**, incluyendo los festivos, para no dejar pasar inadvertidas notificaciones que podrían dar lugar a requerimientos o sanciones si no se responden oportunamente.
¿Todavía existen los días de cortesía?
Sí, pero su utilidad ha quedado limitada. Los contribuyentes que lo deseen pueden seguir solicitando hasta **30 días de cortesía al año** durante los cuales no se emitirán notificaciones por parte de la Agencia Tributaria. Estos días deben solicitarse previamente, desde la misma plataforma en la que se accede a las notificaciones electrónicas, y con una anticipación mínima de 7 días naturales.
No obstante, los profesionales del sector advierten que el impacto real de estos días se ha diluido. En un entorno donde la emisión es continua y automatizada, resulta fácil que un contribuyente olvide actualizar estos periodos o que se emita comunicación justo antes de la activación del día de cortesía.
Muchos asesores ya no confían plenamente en la eficacia de los días de cortesía debido a errores de configuración, falta de aviso y nuevas prácticas automatizadas de notificación permanente.
— José Luis Romero, Presidente del Colegio de Gestores Administrativos
Quiénes se ven más afectados por el cambio
| Ganadores | Perdedores |
|---|---|
|
|
Recomendaciones prácticas para no perder una notificación
- Configura alertas diarias en tu correo electrónico y dispositivos móviles para revisar la DEHú.
- Solicita tus 30 días de cortesía de forma anticipada y asegúrate de que hayan sido confirmados.
- Valora contratar un servicio automático de gestión de notificaciones para evitar pérdidas.
- Anota en tu calendario días clave de vencimiento para responder eficazmente.
- Consulta periódicamente con un asesor fiscal para mantenerte actualizado.
Qué esperar en el futuro cercano
Con este nuevo esquema ya activo, se prevé que otros organismos de la Administración General del Estado también se sumen a la emisión de documentos en cualquier momento del año. Esta “disponibilidad total” será cada vez más común, consolidando un modelo de administración **digital, permanente y automatizada**.
Este panorama, aunque avanza hacia una mayor eficiencia y reducción del papel, demanda un **nuevo tipo de responsabilidad digital** entre los ciudadanos, quienes deberán adaptar sus rutinas y herramientas tecnológicas para responder a un entorno 24/7.
Nos dirigimos hacia una administración sin horarios ni calendarios. El ciudadano debe estar preparado para gestionar sus obligaciones fiscales en un ambiente completamente digital y automatizado.
— Pedro Sánchez, Analista de transformación digital
Preguntas frecuentes sobre las nuevas notificaciones de Hacienda
¿Hacienda puede enviarme una notificación un domingo?
Sí, a partir de ahora es posible recibir notificaciones de Hacienda cualquier día del año, incluyendo domingos y festivos.
¿Cuánto tiempo tengo para responder a una notificación?
Dispone de 10 días naturales desde la puesta a disposición o desde que se accede a la notificación.
¿Puedo evitar recibir notificaciones en verano?
Puede solicitar hasta 30 días de cortesía al año, con al menos 7 días naturales de antelación.
¿Qué pasa si no leo la notificación en 10 días?
Si no se accede en ese plazo, la notificación se considerará efectuada y el proceso continuará como si la hubiera leído.
¿Es obligatorio tener la DEHú?
Para empresas y ciertos profesionales es obligatorio. Para particulares, es opcional pero muy recomendable.
¿Puedo recibir alertas por correo electrónico?
Sí, puede configurar alertas automáticas desde la plataforma DEHú vinculando su email o mediante aplicaciones especializadas.