María había llenado todos los papeles con ilusión. Dos hijos pequeños correteando por casa y otro bebé en camino que nacería en mayo. Cuando presentó la solicitud para una plaza en las escuelas infantiles madrid, pensó que su situación de familia numerosa le daría ventaja. Pero el sistema solo contaba dos niños, no tres.
Su certificado médico del embarazo no valía nada en el baremo municipal. El bebé que crecía en su vientre, que ya tenía nombre y habitación preparada, simplemente no existía para el Ayuntamiento de Madrid. María se quedó sin plaza, viendo cómo otras familias con menos hijos la superaban en puntuación.
Esta injusticia acaba de cambiar para siempre. Un juez ha obligado al Ayuntamiento de Madrid a reconocer que los bebés no nacidos también cuentan en la carrera por conseguir una plaza en guarderías municipales.
La sentencia que cambia las reglas del juego
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid ha dictado una sentencia histórica que reconoce el derecho de las familias a que se compute a los hijos no nacidos en el baremo de acceso a escuelas infantiles madrid.
La demanda la presentó la Asociación de Familias Numerosas de Madrid contra el consistorio madrileño. El problema era claro: el Ayuntamiento contaba el número de hijos para dar puntos extra en las solicitudes, pero ignoraba completamente a los bebés que estaban por nacer, aunque el embarazo estuviera certificado médicamente.
“Esta discriminación ha perjudicado directamente a familias reales”, explican desde la Asociación de Familias Numerosas de Madrid. “No es un error técnico, es una decisión política que obligó a las familias a acudir a los tribunales para que se reconozca un derecho evidente”.
La jueza fue contundente en su argumentación. Los baremos deben respetar “los principios constitucionales de igualdad y protección de la familia”, y la doctrina civil es clara: el concebido se tiene por nacido “a todos los efectos favorables”.
Cómo funciona el nuevo sistema de puntuación
El cambio es revolucionario para miles de familias madrileñas. Ahora, cuando solicites plaza en las escuelas infantiles madrid, tu bebé no nacido contará como un hijo más si presentas certificado médico del embarazo.
Los criterios de baremación actuales incluyen varios factores:
- Número de hijos en la unidad familiar
- Nivel de renta familiar
- Hogares monoparentales
- Proximidad al centro educativo
- Situaciones de discapacidad
- Padres trabajadores en el centro
La gran novedad es que los hijos “concebidos y no nacidos” ahora suman puntos igual que los ya nacidos. Esto significa que una familia con dos hijos y un tercero en camino competirá en igualdad de condiciones con otra que tenga tres hijos nacidos.
| Situación familiar | Puntos antes | Puntos ahora |
|---|---|---|
| 2 hijos nacidos + 1 embarazo | Puntos por 2 hijos | Puntos por 3 hijos |
| 1 hijo nacido + 1 embarazo | Puntos por 1 hijo | Puntos por 2 hijos |
| Embarazo del primer hijo | Sin puntos por hijos | Puntos por 1 hijo |
“El juzgado recuerda algo básico que el Ayuntamiento prefirió ignorar: la ley establece que al concebido se le tendrá por nacido a todos los efectos favorables”, señalan los demandantes.
El requisito es simple: presentar certificado médico que acredite el embarazo. La puntuación quedará condicionada a que el nacimiento se produzca efectivamente, pero mientras tanto, la familia puede competir en igualdad de condiciones.
El impacto real en las familias madrileñas
Esta sentencia llegará como agua de mayo para cientos de familias que se habían visto perjudicadas por el sistema anterior. Las más beneficiadas serán aquellas que aspiren a conseguir el reconocimiento de familia numerosa con el tercer hijo en camino.
Imagínate la situación: tienes dos hijos pequeños y estás embarazada del tercero. Necesitas plaza en guardería para el mayor antes de que nazca el bebé. Hasta ahora, competías como familia de dos hijos. A partir de ahora, competirás como familia numerosa de tres.
“Resulta especialmente grave que el Ayuntamiento haya defendido esta discriminación hasta el final”, critican desde la asociación demandante. “No debería ser necesario demandar al Ayuntamiento para que cumpla la ley”.
El cambio también beneficia a madres solteras embarazadas, parejas con su primer hijo en camino, y cualquier familia que esté esperando un bebé durante el proceso de solicitud de plaza.
La sentencia destaca la falta de coherencia del propio Ayuntamiento, que en otros ámbitos administrativos sí contemplaba el “previsto nacimiento”. Esta contradicción violaba la doctrina de confianza legítima que debe guiar a las administraciones públicas.
“Esta forma de actuar del Ayuntamiento, que presume de políticas familiares mientras aplica criterios que recortan derechos, es inaceptable”, añaden desde la Asociación de Familias Numerosas de Madrid.
El fallo no impone costas al Ayuntamiento por tratarse de una estimación parcial, pero deja claro que el consistorio puede recurrir en quince días si no está conforme. Los expertos legales consideran que las posibilidades de éxito de un recurso son mínimas, dado lo sólido de la argumentación jurídica.
Miles de familias madrileñas esperan ahora que el Ayuntamiento acate la sentencia sin dilaciones. La próxima convocatoria de plazas en escuelas infantiles madrid debería incluir ya este criterio, evitando nuevas injusticias como la que vivió María y tantas otras madres.
Esta victoria legal sienta un precedente importante que podría extenderse a otros municipios de España. La protección de las familias y el reconocimiento de los derechos del nasciturus han dado un paso adelante significativo en Madrid.
FAQs
¿Qué documentos necesito para que cuente mi bebé no nacido?
Necesitas presentar un certificado médico oficial que acredite el embarazo junto con tu solicitud de plaza.
¿Desde cuándo entra en vigor esta medida?
La sentencia ya es firme, aunque el Ayuntamiento tiene quince días para recurrir. Debería aplicarse en la próxima convocatoria.
¿Qué pasa si pierdo el bebé después de la solicitud?
La puntuación queda condicionada al nacimiento efectivo. Si no se produce el nacimiento, se ajustará la puntuación según la realidad familiar final.
¿Se aplica solo a familias numerosas?
No, beneficia a todas las familias que estén esperando un hijo, independientemente del número de hijos que ya tengan.
¿Pueden otros ayuntamientos aplicar el mismo criterio?
Sí, esta sentencia sienta precedente y la doctrina legal es aplicable en toda España, aunque cada ayuntamiento debe adaptar sus normativas.
¿El Ayuntamiento de Madrid va a recurrir la sentencia?
Aún no se ha pronunciado oficialmente, pero tiene un plazo de quince días para decidir si presenta recurso de apelación.