Una importante novedad ha sacudido el panorama de las pensiones en España: el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha modificado sus normas, y esta vez trae noticias especialmente favorables para una generación específica. Las personas nacidas entre 1952 y 1972 ahora podrán solicitar la pensión bajo nuevos criterios que podrían facilitar y acelerar el acceso a este derecho tan esperado.
Este cambio normativo responde a un reajuste del marco legal y administrativo que regula las condiciones para acceder a la jubilación. En un contexto donde el sistema de pensiones enfrenta desafíos estructurales por el envejecimiento poblacional, la medida del INSS podría marcar un antes y un después para los trabajadores que se acercan a la edad de retiro.
Resumen de los principales cambios del INSS
| Aspecto | Nuevo criterio |
|---|---|
| Rango de edad afectado | Nacidos entre 1952 y 1972 |
| Acceso a pensión | Se flexibilizan requisitos para algunas modalidades |
| Voluntariedad | Puede solicitarse si se cumplen ciertos requisitos |
| Tramitación | Vía online y presencial con asesoramiento prioritario |
| Impacto económico | Podría aumentar el número de jubilaciones anticipadas |
Qué cambió este año en el sistema de pensiones
El cambio principal que implementó el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene como objetivo adaptar el sistema a la evolución del mercado laboral y a las nuevas realidades demográficas. Hasta hace poco, los criterios para acceder a la pensión se aplicaban de forma más rígida, y muchos trabajadores nacidos entre los años 50 y 70 enfrentaban limitaciones por no cumplir exactamente con los períodos de cotización requeridos o por ciertas incompatibilidades normativas.
Ahora, con esta nueva norma, se reconocen trayectorias laborales discontinuas o interrumpidas por causas justificadas como enfermedades, desempleo, maternidad o paternidad. Todo ello enmarcado dentro de una política más inclusiva que busca ampliar el acceso a prestaciones en momentos críticos de la vida laboral de los ciudadanos.
Quiénes califican y por qué es relevante
Esta nueva medida va dirigida a las personas nacidas entre 1952 y 1972, un grupo que actualmente comprende a individuos entre 52 y 72 años. La decisión de enfocarse en esta franja etaria no es aleatoria: son personas que ya han atravesado décadas en el mercado laboral y muchas de ellas han sido víctimas de despidos, cambios de régimen o largos períodos de paro.
Se flexibilizan ciertos requisitos previos, como el número mínimo de años cotizados, siempre que se pueda demostrar algún tipo de actividad laboral o períodos válidos por otras circunstancias (como servicios sociales sustitutivos del servicio militar). También se amplían los criterios para las jubilaciones anticipadas voluntarias con coeficientes reductores más razonables.
Es una medida necesaria que hace justicia a quienes, por razones laborales o personales, no pudieron tener una carrera continua pero han contribuido al sistema.
— Inés Martín, Inspectora de TrabajoAlso Read
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Cambios clave para jubilación anticipada
Uno de los puntos que más interés ha generado de esta reforma del INSS es la posibilidad de acceder a la **jubilación anticipada**, con condiciones mucho más flexibles para quienes ya superan los 60 años. A partir de ahora, los coeficientes reductores aplicados a la pensión por haberse retirado antes de la edad ordinaria se suavizan, especialmente en los casos donde el retiro anticipado responda a causas ajenas a la voluntad del trabajador como un despido colectivo, una enfermedad laboral, entre otras.
La anticipación de la jubilación será más humana y adaptada a casos reales. El sistema por fin reconoce lo vivido por muchas personas.
— Carlos Herrera, Economista laboral
Del mismo modo, el INSS permitirá a los nacidos entre 1952 y 1972 que no hayan llegado al límite de cotización ordinaria usar ciertos tramos especiales de cotización reconocidos por convenios internacionales o periodos de formación reglada que antes no se contabilizaban.
Cómo solicitar la pensión paso a paso
- Verificar la edad y cotización: el solicitante debe haber nacido entre 1952 y 1972 y contar con al menos 15 años cotizados.
- Reunir la documentación: DNI, informes de vida laboral, certificados médicos si corresponden, y justificantes de desempleo o incapacidades.
- Acceder a la Sede Electrónica del INSS: se puede hacer el trámite online si se tiene certificado digital o Cl@ve.
- Solicitar cita previa: también puede completarse presencialmente en las oficinas de la Seguridad Social.
- Esperar resolución: una vez presentada, la administración deberá contestar en un plazo máximo de 90 días.
El trámite se ha simplificado mucho, pero sigue siendo recomendable buscar el apoyo de un gestor o abogado especializado.
— María Ruiz, Abogada de Derecho Laboral
Impacto social y económico del cambio
Este cambio tiene un efecto directo en miles de personas que verán la posibilidad de retirarse en condiciones más dignas. Además, al permitir salidas del mercado laboral en edades adecuadas, se abre un horizonte para que nueva mano de obra —más joven— pueda ocupar esos puestos con renovación generacional a largo plazo.
Desde un punto de vista económico, la medida podría puntualizar en la presión sobre el sistema de pensiones, aunque se espera que se mantenga controlada gracias a ciertos topes y reglas de transición. Numerosos expertos señalan que no se trata de una acción improvisada, sino de una **respuesta estratégica** a una pirámide poblacional en transformación.
Quién gana y quién pierde con la nueva norma
| Ganadores | Perdedores |
|---|---|
| Trabajadores nacidos de 1952 a 1972 | Personas fuera de ese rango etario |
| Quienes tuvieron carreras laborales interrumpidas | Quienes aún no alcancen las cotizaciones mínimas |
| Solicitantes de jubilación anticipada | Personas que ya se jubilaron sin esos beneficios |
| Viudos y personas a cargo con derecho a pensión de sobrevivencia | Trabajadores con ingreso alto cuya base no aumenta |
Preguntas frecuentes sobre la nueva norma
¿Desde cuándo están vigentes estos cambios del INSS?
Los nuevos criterios comenzaron a aplicarse a partir del primer trimestre de 2024, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
¿Puedo solicitar pensión si tengo menos de 15 años cotizados?
No, ese sigue siendo el requisito mínimo. Sin embargo, ahora se consideran más tipos de actividades laborales o sociales para llegar a ese umbral.
¿Los nacidos después de 1972 tendrán algún beneficio futuro?
Aunque esta norma se enfoca únicamente en el intervalo 1952–1972, se espera que nuevas reformas vayan abarcando a generaciones posteriores.
¿Puedo combinar esta pensión con otros ingresos?
En algunas circunstancias, sí. Existen modalidades de pensión compatible con ingresos por trabajo parcial.
¿Qué hago si el INSS rechaza mi solicitud?
Se puede presentar una reclamación previa y, de persistir el desacuerdo, acudir a vía judicial dentro del plazo de 30 días.
¿Cuál es el monto estimado de la pensión con la nueva normativa?
Dependerá de las bases de cotización y los años trabajados, pero en muchos casos se mejora el cálculo al incorporar periodos antes excluidos.