Durante años, llegar antes a la oficina ha sido interpretado como una muestra de compromiso. Sin embargo, una reciente sentencia en Alicante y la normativa laboral vigente han dejado claro que esa práctica, lejos de ser una virtud, puede justificar un despido disciplinario sin indemnización.
El caso, que ha generado debate entre profesionales y sindicatos, plantea una cuestión inesperada: ¿puede la puntualidad excesiva convertirse en un incumplimiento laboral?
El caso de Alicante: llegar 45 minutos antes acabó en despido
La trabajadora afectada debía incorporarse a su puesto a las 7:30 de la mañana, según establecía su contrato. Sin embargo, lo hacía de forma reiterada entre 30 y 45 minutos antes del horario pactado. La empresa, tras varios avisos verbales y escritos, le indicó expresamente que no debía acceder antes al centro de trabajo.
Pese a las advertencias, la empleada continuó adelantando su entrada, alegando que su carga de trabajo era excesiva y necesitaba más tiempo para cumplir con sus funciones. Finalmente, la compañía optó por el despido disciplinario.
La trabajadora recurrió la decisión ante los tribunales convencida de que su conducta demostraba implicación y buena fe, pero el juzgado dio la razón al empleador.
El control horario: el verdadero núcleo del conflicto
El tribunal no sancionó la puntualidad, sino la alteración del control horario, una obligación legal desde 2019 que exige a las empresas registrar con precisión la jornada laboral de cada empleado.
“Llegar antes significa trabajar más tiempo, y ese tiempo adicional se considera, legalmente, hora extra”, explica el abogado laboralista Javier Moreno, especializado en derecho del trabajo.
“Si la empresa prohíbe expresamente hacer horas extraordinarias y el trabajador amplía su jornada por iniciativa propia, está incumpliendo el contrato.”
En el caso de Alicante, el juez entendió que la conducta de la trabajadora generaba descontrol en el registro horario, afectaba a la organización interna y rompía la confianza necesaria entre ambas partes. No era un hecho aislado, sino una práctica reiterada y consciente.
Una decisión judicial con consecuencias económicas
El despido fue declarado procedente, lo que significa que la trabajadora no tuvo derecho a indemnización.
La sentencia valoró tres factores principales:
| Criterio Evaluado | Valoración Judicial |
|---|---|
| Reiteración de la conducta | La empleada acudía antes casi a diario. |
| Advertencias previas | Existieron comunicaciones verbales y escritas. |
| Impacto organizativo | Alteraba el control horario y la gestión de turnos. |
Según el fallo, la empresa actuó de manera proporcionada y respetó los principios de advertencia y gradualidad antes de recurrir al despido.
Qué dice la legislación española
La Ley del Estatuto de los Trabajadores establece que las horas extraordinarias deben realizarse solo si la empresa lo autoriza expresamente. Cualquier extensión de la jornada sin permiso puede considerarse una falta disciplinaria grave o incluso muy grave, dependiendo del caso.
El Real Decreto-ley 8/2019, que regula el registro de jornada, refuerza esta obligación, exigiendo que toda hora trabajada quede reflejada y controlada por la empresa.
“El empresario tiene derecho a organizar y distribuir el tiempo de trabajo”, recuerda Moreno. “Si el trabajador altera unilateralmente ese horario, aunque sea con buena intención, incurre en desobediencia.”
¿Puede despedirse a alguien solo por llegar antes?
No en todos los casos. Los expertos coinciden en que la proporcionalidad y el contexto son determinantes. Llegar unos minutos antes de manera puntual o por razones organizativas no justifica un despido.
“Debe existir constancia de que la empresa ha prohibido esa conducta y que el trabajador la mantiene pese a los avisos”, señala María Jesús Díaz, abogada del Colegio de Abogados de Madrid.
“Sin esos elementos, el despido podría considerarse improcedente.”
En el caso de Alicante, la insistencia de la trabajadora, sumada a los requerimientos previos, fue suficiente para que el juez avalara la decisión empresarial.
Cómo actuar si hay exceso de carga laboral
Los especialistas recomiendan que, ante una carga de trabajo excesiva, el empleado opte por la vía formal, comunicando la situación a su responsable o al departamento de recursos humanos.
| Situación | Acción Recomendada |
|---|---|
| Carga laboral excesiva | Solicitar reunión o redistribución de tareas |
| Necesidad de horas extra | Pedir autorización previa por escrito |
| Desajuste de horario | Solicitar adaptación contractual |
| Dudas sobre registro horario | Consultar al delegado de personal o comité de empresa |
“La buena voluntad no debe traducirse en incumplimiento”, insiste Díaz. “Si se van a realizar horas extra, que quede por escrito. De lo contrario, el trabajador se expone a sanciones e incluso a un despido sin compensación.”
Implicaciones para empresas y empleados
El fallo sienta un precedente importante en materia de control horario y disciplina laboral. Para las empresas, refuerza su capacidad de exigir el cumplimiento estricto del horario; para los empleados, marca un límite a las iniciativas no autorizadas, aunque se realicen con buena intención.
Los sindicatos, por su parte, alertan de que este tipo de decisiones pueden generar rigidez en la relación laboral y piden más diálogo para evitar conflictos similares.
“Es esencial equilibrar control y flexibilidad”, declaró Andrés Marín, portavoz de UGT Alicante. “El compromiso del trabajador no debe penalizarse, pero tampoco puede romper la organización interna.”
Lección clave: el contrato marca los tiempos
El caso de Alicante deja una enseñanza clara: la jornada laboral empieza y termina a la hora fijada en el contrato o convenio colectivo. Entrar antes o salir más tarde sin autorización puede considerarse desobediencia o incumplimiento contractual.
Tanto empleados como empresas deben entender que el registro horario no solo es una herramienta de control, sino una garantía de derechos para ambas partes: protege a los trabajadores de abusos y permite a los empleadores gestionar su plantilla conforme a la ley.
Conclusión
Llegar antes al trabajo puede parecer una muestra de implicación, pero si se hace sin permiso y de manera reiterada, la ley puede interpretarlo como una infracción laboral grave. En España, la puntualidad se premia, pero el exceso sin autorización puede costar caro.
Como resume el abogado laboralista Moreno: “La buena intención no exime del cumplimiento. En materia laboral, la norma es clara: ni un minuto antes ni un minuto después sin acuerdo.”