Una nueva medida fiscal aprobada por Hacienda promete marcar un antes y un después para las personas mayores de 65 años en España. A partir de ahora, podrán realizar donaciones de ciertos bienes sin la obligación de declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), una ventaja fiscal que hasta hace poco resultaba inaccesible para muchos. Esta modificación está diseñada para facilitar la transmisión de patrimonios entre generaciones sin penalizaciones fiscales injustas, fomentando una mayor planificación financiera y apoyo intergeneracional.
El cambio afecta directamente a miles de ciudadanos que, tras una vida de trabajo y ahorro, buscan transferir parte de su patrimonio a sus hijos, nietos u otras personas sin que esa buena voluntad implique una penalización fiscal. Además, representa un paso significativo hacia la modernización del sistema tributario, reconociendo la realidad demográfica actual donde los mayores quieran organizar su legado con mayor libertad y flexibilidad.
Resumen de beneficios clave para mayores de 65
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| ¿Desde cuándo aplica? | Desde este año fiscal vigente |
| ¿Quién puede beneficiarse? | Personas físicas mayores de 65 años residentes en España |
| Tipo de bienes donables | Vivienda habitual y otros bienes patrimoniales |
| Exención en IRPF | Transferencia sin tributar por ganancia patrimonial |
| Beneficiarios permitidos | Hijos, nietos, otros familiares o entidades sin ánimo de lucro |
| Condiciones principales | No obtener renta derivada; cumplimiento de edad y residencia |
Qué ha cambiado este año
Hasta el momento, una persona mayor de 65 años que quisiera donar un bien patrimonial a un familiar debía tributar la ganancia obtenida entre el precio de adquisición y el valor actual del bien. Sin embargo, esta nueva modificación exime del pago del IRPF en las donaciones de ciertos activos, alineándose con algunos de los principios fiscales de justicia y simplificación.
El cambio más significativo recae sobre la exención total del IRPF para las personas mayores de 65 años al donar su vivienda habitual o ciertos bienes como acciones, fondos o inmuebles adicionales, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la Agencia Tributaria. Esto incluye la ausencia de cualquier renta derivada de la donación y la garantía de que el bien no genere beneficio económico posterior para el donante.
Quién califica y por qué es importante
Esta nueva norma está dirigida directamente a mayores de 65 años residentes en España que cuenten con algún tipo de patrimonio. El propósito es permitirles organizar la transmisión de bienes a familiares, entidades sin ánimo de lucro o instituciones culturales sin incurrir en sobrecostes fiscales.
En esencia, se trata de una revalorización social y fiscal del colectivo sénior, un grupo cada vez más activo y comprometido con la estructuración ordenada de su legado. Esta medida favorece también la economía familiar, ya que evita costos innecesarios al momento de transmitir bienes.
Qué bienes se pueden donar sin tributar IRPF
La exención no se aplica a todas las posibles donaciones, sino que está limitada a activos específicos, entre los que se destacan:
- Vivienda habitual del donante.
- Bienes inmuebles (que no generen beneficios económicos tras la donación).
- Participaciones empresariales de carácter familiar.
- Acciones o participaciones en fondos colectivos.
En todos los casos, el bien debe representar un valor declarado y la operación debe cumplir los criterios de buena fe fiscal.
Cómo aplicar: paso a paso
El proceso para aprovechar esta exención requiere seguir una serie de pasos claramente definidos por Hacienda:
- Verificar cumplimiento de edad: el donante debe acreditar ser mayor de 65 años.
- Documentar el bien a donar: presentar registro, valoración y titularidad del bien.
- Formalizar la donación en escritura pública: se debe realizar ante notario.
- Presentar modelo fiscal correspondiente (modelos 651 y 100, si corresponde).
- Justificar la exención ante la Agencia Tributaria si se solicita posterior revisión.
Es importante contar con el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal certificado que asegure la correcta formulación de cada etapa.
Ganadores y posibles perjudicados por la medida
| Ganadores | Perjudicados |
|---|---|
| Mayores de 65 años con vivienda y patrimonio | Donantes menores de 65 años |
| Familias que anticipan herencia | Quienes generen renta tras la donación |
| Entidades sin ánimo de lucro receptoras | Casos que no formalicen escritura notarial |
Qué sucede con otras obligaciones fiscales
Aunque el IRPF queda exento en estos casos específicos para mayores de 65 años, hay que tener en cuenta que la operación sigue siendo una donación y, por tanto, puede estar sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones en las comunidades autónomas. La gestión de dicho impuesto varía según el lugar de residencia, y en algunas regiones las bonificaciones familiares superan el 99%.
Esta distinción es importante: la exención de IRPF no significa una exención total de carga fiscal, por lo que es crucial una lectura pormenorizada de cada normativa autonómica.
Consejos clave para aprovechar la exención
- Planifica con antelación: no esperes al último momento para organizar tu legado.
- Consulta con un profesional para confirmar que tu situación aplica todos los requisitos.
- Considera donar en vida como opción fiscalmente más ventajosa frente a la herencia post mortem.
- No olvides las escrituras: todo debe estar debidamente documentado ante notario.
Estamos viendo un cambio histórico en la forma en que las personas mayores gestionan su patrimonio. Esta medida fomenta una transición más humana y justa del legado familiar.
— Marta López, experta en derecho fiscal
Preguntas frecuentes
¿A partir de qué edad aplica esta exención fiscal por donación?
La exención del IRPF se aplica a las personas mayores de 65 años al momento de realizar la donación del bien.
¿Puedo donar una segunda vivienda sin tributar IRPF?
Sí, siempre que cumpla con los criterios de no generar renta posterior para el donante y cumplir con la normativa vigente.
¿La exención es automática o se debe solicitar?
No es automática; se debe declarar adecuadamente al realizar la donación y justificar el cumplimiento de requisitos ante Hacienda si lo solicita.
¿Afecta esta medida al impuesto de sucesiones?
No directamente. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es distinto del IRPF y se regula a nivel autonómico.
¿Qué sucede si mi comunidad autónoma no tiene bonificaciones por donación?
Podrían generarse cargas fiscales adicionales por el impuesto autonómico. Conviene estudiar si la herencia post mortem resulta más viable en estos casos.
¿Hay límite de cantidad a donar sin tributar IRPF?
Hacienda no establece un monto fijo, pero el bien debe cumplir los requisitos formales y legales, sin generar ingresos al donante.